Procedimiento y Trámite de Peticiones, Quejas y Recursos

Se puede un Derecho de Petición, Queja o Recurso a través de:

Detallando:

Persona natural

Persona Jurídica

Nombres y apellidos completos de la persona que realiza la petición.

Nombres y apellidos completos del representante legal o apoderado.

Número y tipo de documento de identificación

Dirección de instalación y de envío de correspondencia

Ciudad de notificación

Número de teléfono o número de cuenta

Motivo de la petición y razones en las que se apoya

Firma de la persona que realiza la petición, queja o recurso, si se realiza por escrito

Firma del representante legal o apoderado, si la petición, queja o recurso se realiza por escrito

ETB

Dará respuesta al requerimiento del cliente dentro de los términos señalados en el Artículo 158 de la Ley 142 de 1994. Usted podrá notificarse personalmente de la decisión, dentro de los 5 días hábiles siguientes al envío de la comunicación. De no hacerlo, se publicará Edicto en sede de la empresa informada en la comunicación, el cual se mantendrá por diez días hábiles

De requerir pruebas adicionales para dar respuesta de fondo a la petición, ETB comunicará se procede a la decisión de apertura a pruebas (norma juridica que permite ampliar los términos de respuesta),  indicando el tiempo en el cual dará respuesta definitiva.

Cliente ETB

Si usted no se está de acuerdo con la respuesta a su requerimiento, puede interponer el Recurso de Reposición y Recurso de Reposición en Subsidio de Apelación, solicitando que se verifique la decisión tomada, en cualquier oficina de atención de ETB

Los Recursos de Reposición y Recurso de Reposición en Subsidio de Apelación deben presentarse simultáneamente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la respuesta. El Recurso de Reposición es resuelto por  ETB y el de Apelación es atendido por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios en lo referente a Telefonia Publica Basica Conmutada, (Telefonía Publica Básica Conmutada Local, Telefonía Publica Básica Conmutada Local Extendida , Telefonía Móvil Rural y/o solución Inalámbrica, Telefonía Pública Básica Conmutada de Larga Distancia; Servicios adicionales y suplementarios,  Servicio de Telefonía Publica Básica Conmutada que se preste a través de teléfonos públicos.)  y por la Superintendencia de  Industria y Comercio para servicios de Valor Agregado, como Internet Banda Ancha.

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